La entidad colaboradora (O.C.A.) cobra desde el momento en que se la contrata para hacer la inspección, y si ésta sale con defectos, cobra doble, puesto que tiene que hacer una segunda inspección para certificar que se han corregido los defectos encontrados en la primera.pepa 1 escribió:Hola asprin3.
Ese cuadro es un Van Gogh, si vieras lo que hai por ahí.
El tema es que industria debería inspeccionar los equipos y no una empresa colaboradora.
La empresa colaboradora si no firma inspección favorable no cobra.
Otra cosa es que la empresa conservadora no la vuelva a recomendar al cliente (el propietario del ascensor) que es quien la contrata.