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cero1306 escribió: 14 Oct 2022, 11:20:56
Y pregunta incómoda, la sustitución del alumbrado de dentro de cabina, la puede hacer alguien de la comunidad?(técnico cualificado o cuñado del presidente)
Esto sería motivo de algún tipo de penalización?
Todo depende de donde esté instalado el equipo y por donde tengas que acceder.imaginate que tubos estén debajo del plafon de cabina y las reactancias encima el techo. Estás fastidiado . No deberías parar el ascensor abrir una puerta para acceder al techo.
Buenas,
os especifico lo que dice la norma por si os ayuda:
81.1 y 81.20: o sea del 2000 en adelante:La cabina debe estar iluminada constantemente, excepto cuando esté estacionada y con las puertas cerradas.
RAE e ITC: o sea del 2000 para atrás:La iluminación de la cabina podrá atenuarse,según el caso, si se cumplen las siguientes condiciones:
A)para todos los ascensores:
a1:al abrir la puerta se enciende inmediatamente el alumbrado
a2:Si la cabina se detiene fuera de zona de desenclavamiento y este sistema no actúa,o sea, permanece con luz fija.
B) Con puertas automáticas:
Siempre que esté estacionada en piso y con puertas cerradas
C)Con puertas accionamiento manual:
c1:Sin mirillas:Se puede siempre que este estacionada y con puerta cerrada y que el control de posición exterior sea tipo luminoso, estando este control siempre encendido mientras la cabina permanezca en este piso.
c2:Con mirillas: se puede atenuar si esta permite saber,antes de abrir la puerta, si la cabina se encuentra o no detrás