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Marcelo Persivale
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Reglamentación ascensores en buques

Mensaje por Marcelo Persivale »

Buen día. Resubo tema porque accidentalmente lo eliminé. Saludos.

LLOYD’S REGISTER
CODE FOR LIFTING APPLIANCES IN A MARINE ENVIRONMENT AUGUST 2009
A guide to the Rules Code for Lifting Appliances in a Marine Environment Introduction These Rules are published as a complete book. Numbering and Cross-References A decimal notation system has been adopted throughout. Five sets of digits cover the divisions, i.e. Section, sub-Section and paragraph. The textual cross-referencing within the text is as follows, although the right hand digits may be added or omitted depending on the degree of precision required: (a) In same Section, e.g. see 2.1.3 (i.e. down to paragraph). (b) In another book, e.g. see Pt 5, Ch 1,3 of the (name of book) (i.e. down to Section). The cross-referencing for Figures and Tables is as follows: (a) In same Section, e.g. as shown in Fig. 3.5 (i.e. Section and Figure Number). (b) In another book, e.g. see Table 2.7.1 in Pt 3, Ch 2 of the (name of book). Rules updating These Rules are published and changed through a system of Notices. Subscribers are forwarded copies of such Notices when the Rules change. Current changes to the Rules that appeared in Notices are shown with a black rule alongside the amended paragraph on the left hand side. A solid black rule indicates amendments and a dotted black rule indicates corrigenda. August 2009 Lloyd’s Register is an exempt charity under the UK Charities Act 1993 Lloyd's Register, its affiliates and subsidiaries and their respective officers, employees or agents are, individually and collectively, referred to in this clause as the ‘Lloyd's Register Group’. The Lloyd's Register Group assumes no responsibility and shall not be liable to any person for any loss, damage or expense caused by reliance on the information or advice in this document or howsoever provided, unless that person has signed a contract with the relevant Lloyd's Register Group entity for the provision of this information or advice and in that case any responsibility or liability is exclusively on the terms and conditions set out in that contract.

Chapter Contents

1 CODE FOR LIFTING APPLIANCES IN A MARINE ENVIRONMENT
General Regulations Chapter 1
General 2
Derrick Systems 3
Cranes and Submersible Lifting Appliances 4
Mechanical Lift Docks 5
Lifts and Ramps 6
Fittings, Loose Gear and Ropes 7
Machinery, Electrical Installations and Control Engineering Systems 8
Materials 9
Testing, Marking and Survey Requirements 10
Documentation © Lloyd's Register of Shipping, 2009. All rights reserved. Except as permitted under current legislation no part of this work may be photocopied, stored in a retrieval system, published, performed in public, adapted, broadcast, transmitted, recorded or reproduced in any form or by any means, without the prior permission of the copyright owner. Enquiries should be addressed to Lloyd's Register of Shipping, 71 Fenchurch Street, London, EC3M 4BS

■ Section 4 Passenger lifts
4.1 General
4.1.1 This Section applies to electric and hydraulic powered lifts permanently installed in ships and employing an enclosed car suspended by ropes or supported by hydraulic jacks and running between rigid guides for the transfer of persons, or persons and goods, between the decks. The rated speed is not to exceed 1,0 m/s. Lifts designed for a higher rated speed will be specially considered. 104 8,85L + 1910 Lifts and Ramps Chapter 5 Sections 3 & 4 CODE FOR LIFTING APPLIANCES IN A MARINE ENVIRONMENT, August 2009 6 LLOYD’S REGISTER
4.1.2 The lift is to comply with the requirements of a recognised national or international standard, e.g. EN81, any requirements of the National Authority of the country of registration and the requirements contained in this Section.
4.1.3 The rated load, minimum stopping distance, buffer stroke, type of hoisting drive, type of safety gear and buffer are to be clearly specified in all lift submissions.
4.1.4 The lift is to be designed such that it can be stowed, either manually or automatically, in the event of the specified operational conditions being exceeded.
4.1.5 For the operating conditions, the lift is to be considered with respect to the following forces: (a) Self-weight of car. (b) Rated load. (c) Dynamic forces due to lift motion. (d) Forces due to ship motion and static inclination.
4.1.6 For the stowed condition, the lift is to be considered with respect to the following forces: (a) Self-weight of car. (b) Forces due to ship motion and static inclination.

4.2 Basic loads
4.2.1 The self-weight load, Lw, is the load imposed on the hoisting mechanism by the weight of the permanent components of the lift car structure and machinery.
4.2.2 The rated load, Lc, is the load imposed on the lift car by the passengers and is to be not less than that obtained from Table 5.4.1.
4.2.3 Where lifts are mainly intended to carry goods which are generally accompanied by people, the design is to take into account the load to be carried and the weight of the handling device which may enter the car in addition to the requirements of Table 5.4.1.

4.3 Dynamic forces resulting from operation of safety device or car striking buffers
4.3.1 The dynamic forces due to the operation of the safety devices or the car striking the buffers are to be taken into account by multiplying the self-weight and applied load by a factor, Fs, which is calculated using the following expression: Fs = 2 + where V = rated speed, in m/s S = minimum stopping distance or buffer stroke, whichever is the lesser.
4.3.2 The rated speed, minimum stopping distance and buffer stroke are to be obtained from the lift specification to which the lift is constructed. Table 5.4.2 gives typical values of governor tripping speed and stopping distances and Fig. 5.4.1 typical buffer strokes. 0,135V2 S

4.4 Forces due to ship motion
4.4.1 Passenger lifts, their associated machinery and structure are to be designed to operate at sea with respect to the following conditions: (a) Roll: ± 10°, with 10 second period. (b) Pitch: ± 7,5°, with 7 second period. Lifts and Ramps Chapter 5 Section 4 CODE FOR LIFTING APPLIANCES IN A MARINE ENVIRONMENT, August 2009 LLOYD’S REGISTER 7 Table 5.4.1 Rated load Maximum Maximum Rated load, in kg available number of car area, in m2 passengers 100 0,40 1 180 0,50 2 225 0,70 3 300 0,90 4 375 1,10 5 400 1,17 5 450 1,30 6 525 1,45 7 600 1,60 8 630 1,66 8 675 1,75 9 750 1,90 10 800 2,00 10 825 2,05 11 900 2,20 12 NOTES 1. For intermediate loads, the area is determined by linear interpolation. 2. The maximum number of persons carried is given by: rounded down to the nearest whole number where, Lc is the rated load. 3. If the rated load exceeds by more than 15 per cent that indicated in the table for maximum available car area, the maximum number of passengers permitted shall correspond to that area. 4. Recesses and extensions, even of height less than 1 m, whether protected or not by separating doors, are only permitted if their area is taken into account in the calculation of the maximum available car area. Lc 75 Table 5.4.2 Governor tripping speeds and stopping distances Stopping distances Governor Rated speed, tripping speed, Minimum, Maximum, in m/s in m/s in metres in metres 0 to 0,62 0,88 0,15 0,38 0,75 1,05 0,15 0,41 1,00 1,40 0,23 0,58
4.4.2 In addition to the operational conditions the lift, associated machinery and structure are to be designed to withstand the forces resulting from consideration of the following conditions when in its stowed condition: (a) Roll: ±22,5°, with 10 second period. (b) Pitch: ± 7,5°, with 7 second period. (c) Heave: Amplitude = 0,0125L with 10 second period where, L, is the Rule length of the ship (see Pt 3, Ch 1 of the Rules for Ships).

4.5 Load combination
4.5.1 The lift and its associated mechanism and structure are to be considered with respect to design loads resulting from the following conditions: (a) Case 1. The lift is to be considered with respect to the dead load and live load multiplied by the factor, Fs, together with the horizontal forces resulting from the condition defined in 4.4.1. This is represented by the following expression: (Lw + Lc) Fs + Lh1 + Lh2 where Lw = self-weight = rated load Fs = the dynamic factor due to safety devices operating or car striking buffers Lh1 = horizontal force due to roll Lh2 = horizontal force due to pitch. (b) Case 2. The lift (self-weight only) is to be considered with respect to the forces resulting from the accelerations due to the ship’s motion as defined in 4.4.2. Energy accumulation with buffered return movement Energy accumulation 0,6 0,5 0,4 0,3 0,2 0,1 0 1 2 V, m/s Buffer stroke, m

4.6 Allowable stresses
4.6.1 The stress factor and allowable stresses are to be in accordance with 2.7 to 2.10.

4.7 Deflection criteria
4.7.1 The deflection of the car structural members is not to exceed: mm
4.7.2 The deflection of the guide rails is not to exceed: mm or 3,0 mm, whichever is the lesser where l = distance between supports, in mm.
4.7.3 The car walls or doors in their closed position are to be able to resist without permanent deformation or elastic deformation greater than 15 mm a force of 300 N evenly distributed over a circular or square area of 500 mm2 applied parallel to the deck from inside towards the outside of the car. The doors are to be capable of operating normally after being subjected to this load.
4.7.4 The car roof is to withstand without permanent deformation a force of 2000 N applied at any position and normal to the deck.

4.8 Guides
4.8.1 At least two steel guides are to be installed and the surface finish is to be sufficiently smooth to allow free running of the car or counterweight.
4.8.2 The guides are to be designed to resist forces resulting from application of the safety devices by multiplying the self-weight and applied load by a factor obtained from Table 5.4.3.
4.8.3 The allowable stress in the guides is to be calculated in accordance with the method described in Ch 3,2.19. l 400 l 600 Lifts and Ramps Chapter 5 Section 4 CODE FOR LIFTING APPLIANCES IN A MARINE ENVIRONMENT, August 2009 8 LLOYD’S REGISTER Table 5.4.3 Factors for guide designs Type of safety device Factor, Fs Instantaneous safety device, except 2,5 captive roller type Captive roller type safety device 1,4 Progressive safety device 1,0 Fig. 5.4.1 Stroke for various types of buffer

4.9 Safety gear
4.9.1 The car and counterweight are to be provided with safety gear capable of operating only in a downward direction by gripping the guides. It should be capable of stopping the fully laden car or counterweight, at the tripping speed of the overspeed governor, even if the suspension device breaks. The safety gear is to be tripped by an overspeed governor, but the counter-weight may be tripped by failure of the suspension gear or by a safety rope.
4.9.2 The safety gear may be of the instantaneous type with buffered effect or of the instantaneous type where the rated speed is not in excess of 0,63 m/s.
4.9.3 The counterweight safety gear may be of the instantaneous type.
4.9.4 The jaws of safety devices are not to be used as guide shoes.

4.10 Overspeed governors
4.10.1 Tripping of the overspeed governors is to occur at a speed of at least 115 per cent of the rated speed and not more than the following: (a) 0,8 m/s for instantaneous safety gears except for the captive roller type. (b) 1,0 m/s for safety gears of the captive roller type. (c) 1,5 m/s for instantaneous safety gear with buffered effect.
4.10.2 The tripping speed of an overspeed governor for a counterweight safety gear is to be higher than that for the car safety gear but is not to exceed it by more than 10 per cent.
4.10.3 The force exerted by the overspeed governor when tripped is to be not less than the greater of: (a) 300 N; or (b) twice the force necessary to engage the safety gear.
4.10.4 The breaking load of the overspeed governor operating rope is to have a safety factor of 8,0 with respect to the force required to operate the safety gear. The rope is to be not less than 6,0 mm diameter and the ratio of the bottom of the sheave groove diameter to rope diameter is to be not less than 30 to 1.

4.11 Buffers
4.11.1 The car and counterweight are to be provided with buffers at their bottom limit of travel. If the buffers travel with a cage or counterweight they are to strike against a pedestal at least 0,5 m high at the end of the travel.
4.11.2 Where energy accumulation type buffers are used, the total possible stroke of the buffers shall be at least equal to twice the gravity stopping distance corresponding to 115 per cent of the rated speed, i.e.: S = 0,135V2 but not less than 0,065 m where S = stroke, in metres V = rated speed, in m/s Buffers are to be designed for the above stroke, under a static load of 4,0 times the self-weight of the car plus its rated load or 4,0 times the weight of the counterweight as appropriate.
4.11.3 With the rated load in the car, the average deceleration due to the buffers acting on a free falling car is not to exceed 1,0 g and the maximum deceleration is not to exceed 2,5 g.

4.12 Hoisting arrangements
4.12.1 The hoisting arrangements may consist of: (a) Traction drive using sheaves and ropes; or (b) positive drive, if the rated speed is not greater than 0,64 m/s, consisting of: (i) Drum and rope without counterweight; or (ii) sprocket and chain.
4.12.2 The ratio of sheave groove diameter or drum to rope diameter is to be not less than 40 to 1. Where drum drive is used, the drum is to be grooved and the fleet angle of the rope in relation to the groove is not to be greater than 4° either side of the groove axis.
4.12.3 Not more than one layer of rope is to be wound on the drum and when the car rests on its fully compressed buffers one and a half turns of rope are to remain in the grooves.
4.12.4 The safety factors of suspension ropes, defined as the ratio of minimum breaking load of the rope to the maximum load on the rope when the car is at its lowest level and subjected to its rated load, are to be not less than: (a) 12 to 1 in the case of traction drive with three ropes or more. (b) 16 to 1 in the case of traction drive with two ropes. (c) 12 to 1 in the case of drum drive.
4.12.5 A device is to be fitted at one end of the hoisting arrangement to equalise the tension in the ropes or chains.
4.12.6 Where compensating ropes are used, the ratio between the bottom of sheave groove diameter and diameter of the rope is to be not less than 30 to 1.

4.13 Lift trunk and motor room
4.13.1 All lift trunks and machinery spaces are to be completely enclosed, suitably ventilated, and constructed to give fire protection in compliance with the requirements of SOLAS 1974.
4.13.2 Clearances around the car are also to be guarded or arranged to preclude the possibility of personnel falling between the car and trunk. Lifts and Ramps Chapter 5 Section 4 CODE FOR LIFTING APPLIANCES IN A MARINE ENVIRONMENT, August 2009 LLOYD’S REGISTER 9
4.13.3 Only pipes and cables belonging to the lift may be installed in the trunk and travelling cables are to be protected by an internally smooth metal trough which is to be provided with a slot having rounded edges to allow free passage of the cables leaving the lift car and be of sufficient width to allow passage of the free hanging loop of the travelling cable.
4.13.4 Where two or more lifts are fitted into one trunk, each car and its associated counterweight is to be separated by means of sheet steel over the full height of the trunk.
4.13.5 The lift trunk is not to be part of the ship’s ventilation ducting but is to be ventilated by an independent system.
4.13.6 The trunk entrances are to be located to prevent the ingress of water or cargo into the trunk, and the deck areas at entrances are to be non-slip and of approved material which will not readily ignite.
4.13.7 Where the lift is for crew, the headroom of the trunk (the space above the car roof when the car is in its highest position) is to incorporate an escape hatch of 0,5 x 0,5 m minimum dimensions.

4.14 Lift car and counterweight
4.14.1 The car is to be constructed of steel or equivalent non-flammable material, have a non-slip floor and be provided with at least one handrail where access for persons is clearly available. A load plate is to be prominently displayed specifying the safe working load in persons and kilogrames.
4.14.2 The car entrances are to be provided with doors of an imperforate type fitted with devices to prevent untimely opening and slamming. The clearance between the car and car door is to be not more than 6,0 mm.
4.14.3 Power operated doors are to be of the centre opening balanced type and manual doors of the two panel centre opening type or concertina or telescopic type opening from one side only. Manual single sliding entrances of the concertina or telescopic type are to be fitted with devices to prevent slamming.
4.14.4 The car and counterweight are to be guided over their full travel, including overtravel and an independent guidance medium to limit car movement in the event of casting failure is to be provided where cast iron shoes or guide shoes contained in cast iron housings are used.
4.14.5 Counterweights are to be constructed of steel or equivalent material and filler weights are to be securely clamped in position within steel frames. Concrete filler weights are not permitted. A suitable device is to be fitted to stop and support the counterweight in the event of rope failure.
4.14.6 Traction drive lifts are to incorporate a device to stop and support the car if: (a) When a start is initiated the lift machine does not rotate. (b) The car or counterweight is stopped in downwards movement by an obstruction which causes the ropes to slip on the driving pulley.
4.14.7 The device is to function in a time not greater than the lesser of the following values: (a) 45 s. (b) Time for the car to travel the full distance, plus 10 s, with a minimum of 20 s if the full travel time is less than 10 s.
4.14.8 The device is not to affect either the inspection or electrical recall operation.

4.15 Landing doors
4.15.1 Steel doors are to be fitted at all entrance stations. When closed, the doors are to provide fire resistance at least as effective as the trunk to which they are fitted.
4.15.2 Power operated doors are to be of the centre opening balanced type and manual doors of the two panel centre opening type or concertina or telescopic type opening from one side only. Manual single sliding entrances of the concertina or telescopic type are to be fitted with devices to prevent slamming.

4.16 Emergency means of escape
4.16.1 For crew lifts, the trunk is to be fitted with a ladder over its entire length leading to the escape hatch in the headroom.
4.16.2 For lifts intended solely for passengers, a suitable ladder is to be provided to give access to the lift car roof from a landing door and either the same or another provided to give access into the car from the emergency opening in the car roof. These ladders are to be kept in a watchkeeping room or room accessible to competent persons.
4.16.3 A trap door in the roof of the lift car with suitable access to it from the inside is to be provided. Where the lift is solely for passengers, the trap door is to be fitted with a mechanical lock which can only be operated from the outside. Where the lift is solely for crew the trap door is to be fitted with a mechanical lock which can be operated from inside and outside the car.
4.16.4 For crew lifts, an escape hatch is to be provided in the headroom of the trunk. Opening the hatch from the outside is only to be possible by means of a special key which is to be kept in a box immediately by the hatch.
4.16.5 Notices in English, other languages and pictographs as necessary, describing the escape routine are to be fixed in the following locations: (a) Inside the car. (b) On the car roof. (c) Inside the trunk, adjacent to every exit.

Lifts and Ramps Chapter 5 Section 4 CODE FOR LIFTING APPLIANCES IN A MARINE ENVIRONMENT, August 2009 10 LLOYD’S REGISTER

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Reglamentación ascensores en buques

Mensaje por Marcelo Persivale »

Cuya traducción al español es ...

REGISTRO DE LLOYD
Código para la elevación de accesorios en un entorno marino agosto 2009
Una guía del Código de Reglas para Levantar Accesorios en una Introducción al Medio Marino Estas Reglas se publican como un libro completo. Numeración y referencias cruzadas Se ha adoptado un sistema de notación decimal en todas las instalaciones. Cinco conjuntos de dígitos cubren las divisiones, es decir, la sección, la subsección y el párrafo. La referencia cruzada textual dentro del texto es la siguiente, aunque los dígitos de la derecha pueden añadirse u omitirse en función del grado de precisión requerido: a) En la misma sección, por ejemplo, véase 2.1.3 (es decir, hasta el párrafo). (b) En otro libro, por ejemplo, véase Pt 5, Ch 1,3 del (nombre del libro) (es decir, hasta la Sección). La referencia cruzada para figuras y tablas es la siguiente: a) En la misma sección, por ejemplo, como se muestra en la Fig. 3.5 (es decir, Sección y Número de Figura). (b) En otro libro, por ejemplo, véase el Cuadro 2.7.1 en Pt 3, Ch 2 del (nombre del libro). Reglas de actualización Estas reglas se publican y cambian a través de un sistema de Avisos. Los suscriptores son copias reenviadas de dichos Avisos cuando cambian las Reglas. Los cambios actuales en las Reglas que aparecen en los Avisos se muestran con una regla negra junto con el párrafo modificado en el lado izquierdo. Una regla negra sólida indica enmiendas y una regla negra punteada indica corrigenda. Agosto de 2009 Lloyd's Register es una organización benéfica exenta en virtud de la Ley de Caridades del Reino Unido de 1993 Lloyd's Register, sus filiales y subsidiarias y sus respectivos funcionarios, empleados o agentes se refieren, individual y colectivamente, en esta cláusula como el Grupo de Registro'. Lloyd's Register Group no asume ninguna responsabilidad y no será responsable ante ninguna persona por cualquier pérdida, daño o gasto causado por la confianza en la información o asesoramiento en este documento o siempre que se haya proporcionado, a menos que esa persona haya firmado un contrato con el La entidad Lloyd's Register Group para el suministro de esta información o asesoramiento y, en ese caso, cualquier responsabilidad se basa exclusivamente en los términos y condiciones establecidos en dicho contrato.

Contenido del capítulo

1 Código para la elevación de accesorios en un entorno marino
Reglamento general Capítulo 1
General 2
Derrick Systems 3
Grúas y electrodomésticos sumergibles 4
Muelles de elevación mecánicos 5
Ascensores y rampas 6
Accesorios, Engranaje suelto y cuerdas 7
Maquinaria, Instalaciones Eléctricas y Sistemas de Ingeniería de Control 8
Materiales 9
Requisitos de pruebas, marcado y encuesta 10
Documentación © Lloyd's Register of Shipping, 2009. Todos los derechos reservados. Salvo lo permitido por la legislación vigente, ninguna parte de esta obra podrá ser fotocopiada, almacenada en un sistema de recuperación, publicada, realizada en público, adaptada, difundida, transmitida, grabada o reproducida en cualquier forma o por cualquier medio, sin el permiso previo de propietario de los derechos de autor. Las consultas deben dirigirse al Lloyd's Register of Shipping, 71 Fenchurch Street, Londres, EC3M 4BS

• Sección 4 Ascensores de pasajeros
4.1 General
4.1.1 La presente sección se aplica a los ascensores eléctricos e hidráulicos instalados permanentemente en los buques y que emplean un coche cerrado suspendido por cuerdas o apoyado por tomas hidráulicas y que corre entre guías rígidas para el traslado de personas, o personas y mercancías, entre las cubiertas. La velocidad nominal no debe superar los 1,0 m/s. Las elevaciones diseñadas para una velocidad nominal más alta serán especialmente consideradas. 104 8,85L + 1910 Ascensores y rampas Capítulo 5 Secciones 3 y 4 CODIGO PARA APARATOS DE LIFTING EN UN AMBIENTE MARINO, Agosto 2009 6 LLOYD'S REGISTER
4.1.2 El ascensor debe cumplir con los requisitos de una norma nacional o internacional reconocida, por ejemplo, EN81, cualquier requisito de la Autoridad Nacional del país de registro y los requisitos contenidos en esta Sección.
4.1.3 La carga nominal, la distancia de parada mínima, la carrera de amortiguación, el tipo de accionamiento, el tipo de equipo de seguridad y el paragolpes deben especificarse claramente en todos los envíos de elevación.
4.1.4 El ascensor debe diseñarse de manera que pueda guardarse, ya sea manual o automáticamente, en caso de que se superen las condiciones operativas especificadas.
4.1.5 Para las condiciones de funcionamiento, el ascensor debe tenerse en cuenta con respecto a las siguientes fuerzas: a) Peso propio del coche. (b) Carga nominal. (c) Fuerzas dinámicas debido al movimiento de elevación. (d) Fuerzas debidas al movimiento de la nave y a la inclinación estática.
4.1.6 Para la condición de carga de peso propio, el ascensor debe tenerse en cuenta con respecto a las siguientes fuerzas: a) Peso propio del coche. (b) Fuerzas debidas al movimiento de la nave y a la inclinación estática.

4.2 Cargas básicas
4.2.1 La carga de peso propio, Lw, es la carga impuesta al mecanismo de elevación por el peso de los componentes permanentes de la estructura y la maquinaria del montacargas.
4.2.2 La carga nominal, Lc, es la carga impuesta al coche elevador por los pasajeros y no debe ser inferior a la obtenida en el cuadro 5.4.1.
4.2.3 Cuando los ascensores estén destinados principalmente a transportar mercancías que generalmente vayan acompañadas de personas, el diseño debe tener en cuenta la carga a transportar y el peso del dispositivo de manipulación que pueda entrar en el automóvil, además de los requisitos del cuadro 5.4.1.

4.3 Fuerzas dinámicas resultantes del funcionamiento del dispositivo de seguridad o de los amortiguadores de fin de recorrido inferior en pasadizo
4.3.1 Las fuerzas dinámicas debidas al funcionamiento de los dispositivos de seguridad o al coche que golpean los amortiguadores deben tenerse en cuenta multiplicando el peso propio y la carga aplicada por un factor, Fs, que se calcula utilizando la siguiente expresión: Fs á 2 + donde V - clasificado velocidad, en m/s S - distancia de frenado mínima o carrera de amortiguación, lo que sea menor.
4.3.2 La velocidad nominal, la distancia de frenado mínima y la carrera de amortiguación se obtendrán de la especificación de elevación a la que se construye el ascensor. La Tabla 5.4.2 proporciona valores típicos de velocidad de disparo del regulador y distancias de frenado y de la Fig. 5.4.1 de los movimientos de amortiguador típicos. 0,135V2 S

4.4 Fuerzas debidas al movimiento de la nave
4.4.1 Los ascensores de pasajeros, su maquinaria y estructura asociadas deben estar diseñados para operar en el mar con respecto a las siguientes condiciones: a Rolido: 10 grados, con un período de 10 segundos. (b) Cabeceo: 7,5 grados, con un período de 7 segundos. Ascensores y rampas Capítulo 5 Sección 4 Código para la elevación de aplicaciones en un entorno marino, agosto de 2009 LLOYD'S REGISTER 7 Tabla 5.4.1 Carga nominal Máxima nominal máxima nominal, en kg disponible de superficie del coche, en m2 pasajeros 100 0,40 1 180 0,50 2 225 0,70 3 300 0,90 4 375 1 ,10 5 400 1,17 5 450 1,30 6 525 1,45 7 600 1,60 8 630 1,66 8 675 1,75 9 750 1,90 10 800 2,00 10 825 2,05 11 900 2,20 12 NOTAS 1. Para cargas intermedias, el área se determina mediante interpolación lineal. 2. El número máximo de personas transportadas se da por: redondeado hacia abajo al número entero más cercano donde, Lc es la carga nominal. 3. Si la carga nominal supera en más del 15 por ciento la indicada en el cuadro para la superficie máxima disponible, el número máximo de pasajeros permitidos corresponderá a esa zona. 4. Los huecos y extensiones, incluso de altura inferior a 1 m, protegidos o no por puertas de separación, sólo están permitidos si su área se tiene en cuenta en el cálculo de la superficie máxima disponible para el coche. Lc 75 Tabla 5.4.2 Velocidades de disparo del gobernador y distancias de parada Distancias parada Velocidad nominal del gobernador, velocidad de disparo, Mínimo, Máximo, en m/s en metros en metros 0 a 0,62 0,88 0,15 0,38 0,75 1,05 0,15 0,41 1,00 1,40 0,23 0,58
4.4.2 Además de las condiciones de funcionamiento, el ascensor, la maquinaria asociada y la estructura deben estar diseñados para soportar las fuerzas resultantes de la consideración de las siguientes condiciones cuando se encuentra en su estado de estela: a) Rolido: 22,5 grados, con 10 segundos Período. (b) Cabeceo: 7,5 grados, con un período de 7 segundos. (c) Tirón: Amplitud 0,0125L con período de 10 segundos donde L es la longitud de la longitud o eslora del buque (véase Pt 3, Ch 1 de las Reglas para los Buques).

4.5 Combinación de carga
4.5.1 El ascensor y su mecanismo y estructura asociados deben tenerse en cuenta con respecto a las cargas de diseño resultantes de las siguientes condiciones: a) Caso 1. El ascensor debe tenerse en cuenta con respecto a la carga muerta y la carga viva multiplicada por el factor Fs, junto con las fuerzas horizontales resultantes de la condición definida en 4.4.1. Esto se representa mediante la siguiente expresión: (Lw + Lc) Fs + Lh1 + Lh2 donde Lw - autopeso - carga nominal Fs - el factor dinámico debido a los dispositivos de seguridad de funcionamiento o amortiguadores de golpe de coche Lh1 - fuerza horizontal debido al rolido Lh2 - fuerza horizontal debido al paso. (b) Caso 2. El levantamiento (solo autopeso) debe tenerse en cuenta con respecto a las fuerzas resultantes de las aceleraciones debido al movimiento del barco, tal como se define en 4.4.2. Acumulación de energía con movimiento de retorno amortiguado Acumulación de energía 0,6 0,5 0,4 0,3 0,2 0,1 0 1 2 V, m/s Carrera de paragolpe, m

4.6 Tensiones permitidas
4.6.1 El factor de tensión y las tensiones permitidas deben ajustarse a los paragrafos 2.7 a 2.10.

4.7 Criterios de deformación
4.7.1 La deformación de los elementos estructurales del coche no debe exceder: mm
4.7.2 La deformación de los rieles guía no debe exceder: mm o 3,0 mm, lo que sea menor cuando la distancia l entre los soportes, en mm.
4.7.3 Las paredes o puertas del coche en su posición cerrada deben ser capaces de resistir sin deformación permanente o deformación elástica superior a 15 mm una fuerza de 300 N distribuida uniformemente en un área circular o cuadrada de 500 mm2 aplicada paralela a la cubierta desde el interior hacia el exterior del coche. Las puertas deben ser capaces de funcionar normalmente después de ser sometidas a esta carga.
4.7.4 El techo del coche debe soportar sin deformación permanente una fuerza de 2000 N aplicada en cualquier posición y normal a la cubierta.

4.8 Guías
4.8.1 Se instalarán al menos dos guías de acero y el acabado superficial debe ser lo suficientemente liso como para permitir el libre funcionamiento del coche o el contrapeso.
4.8.2 Las guías deben diseñarse para resistir las fuerzas resultantes de la aplicación de los dispositivos de seguridad multiplicando el peso propio y la carga aplicada por un factor obtenido de la Tabla 5.4.3.
4.8.3 La tensión permitida en las guías se calculará de acuerdo con el método descrito en Capítulo 3,2.19. l 400 l 600 Ascensores y rampas Capítulo 5 Sección 4 Código para la elevación de los aparatos en un entorno marino, agosto de 2009 8 Cuadro registro de LLOYD 5.4.3 Factores 5.4.3 Factores para diseños de guía Tipo de dispositivo de seguridad Factor, Fs Dispositivo de seguridad instantáneo, excepto 2,5 rodillo cautivo tipo dispositivo de seguridad tipo rodillo cautivo 1,4 Dispositivo de seguridad progresivo 1,0 Fig. 5.4.1 Trazo para varios tipos de paragolpes.

4.9 Equipo de seguridad
4.9.1 El coche y el contrapeso deben estar provistos de equipo de seguridad capaz de funcionar sólo en dirección descendente agarrando las guías. Debe ser capaz de detener el coche completamente cargado o contrapeso, a la velocidad de disparo del regulador de exceso de velocidad, incluso si el dispositivo de suspensión se rompe. El equipo de seguridad debe ser disparado por un regulador de exceso de velocidad, pero el contrapeso puede ser disparado por falla del engranaje de suspensión o por una cuerda de seguridad.
4.9.2 El equipo de seguridad puede ser del tipo instantáneo con efecto tamponado o del tipo instantáneo cuando la velocidad nominal no supere los 0,63 m/s.
4.9.3 El equipo de seguridad contrapeso puede ser del tipo instantáneo.
4.9.4 Las mordazas de los dispositivos de seguridad no deben utilizarse como zapatos guía.

4.10 Reguladores de exceso de velocidad
4.10.1 El disparo de los reguladores de exceso de velocidad se producirá a una velocidad de al menos el 115 por ciento de la velocidad nominal y no superior a la siguiente: (a) 0,8 m/s para los engranajes de seguridad instantáneos, excepto para el tipo de rodillo cautivo. (b) 1,0 m/s para engranajes de seguridad del tipo de rodillo cautivo. (c) 1,5 m/s para equipo de seguridad instantáneo con efecto amortiguado.
4.10.2 La velocidad de disparo de un regulador de exceso de velocidad para un equipo de seguridad contrapeso será superior a la del equipo de seguridad de la cabina, pero no debe superarlo en más del 10 por ciento.
4.10.3 La fuerza ejercida por el regulador de exceso de velocidad cuando se activa no será inferior a la mayor de: (a) 300 N; o b) el doble de la fuerza necesaria para activar el equipo de seguridad.
4.10.4 La carga de rotura de la cuerda de funcionamiento del regulador de exceso de velocidad debe tener un factor de seguridad de 8,0 con respecto a la fuerza necesaria para operar el equipo de seguridad. La cuerda debe ser no menos de 6,0 mm de diámetro y la relación de la parte inferior del diámetro de la ranura de la polea al diámetro de la cuerda no debe ser inferior a 30 a 1.

4.11 Zonas de influencia
4.11.1 El coche y el contrapeso deben estar provistos de amortiguadores en su límite inferior de viaje. Si los amortiguadores viajan con una jaula o contrapeso deben golpear contra un pedestal de al menos 0,5 m de altura al final del viaje.
4.11.2 Cuando se utilicen amortiguadores de tipo de acumulación de energía, la carrera total posible de los amortiguadores será al menos igual al doble de la distancia de parada por gravedad correspondiente al 115 por ciento de la velocidad nominal, es decir: S a 0,135V2 pero no inferior a 0,065 m cuando s - carrera, en metros V - velocidad nominal, en m/s Los amortiguadores deben diseñarse para la carrera anterior, bajo una carga estática de 4,0 veces el peso propio del coche más su carga nominal o 4,0 veces el peso del contrapeso según corresponda.
4.11.3 Con la carga nominal en el coche, la desaceleración media debida a los amortiguadores que actúan sobre un coche que cae libremente no debe exceder de 1,0 g y la desaceleración máxima no excederá de 2,5 g.

4.12 Arreglos de elevación
4.12.1 Los arreglos de elevación pueden consistir en: (a) Accionamiento de tracción con gavillas y cuerdas; o (b) accionamiento positivo, si la velocidad nominal no es superior a 0,64 m/s, que consiste en: (i) Tambor y cuerda sin contrapeso; o (ii) rueda dentada y cadena.
4.12.2 La relación entre el diámetro de la ranura de la polea o el diámetro del tambor a la cuerda no debe ser inferior a 40 a 1. Cuando se utiliza la unidad de tambor, el tambor debe ser ranurado y el ángulo de flota de la cuerda en relación con la ranura no debe ser mayor que 4s a cada lado del eje de la ranura.
4.12.3 No se debe enrollar más de una capa de cuerda en el tambor y cuando el coche se apoya sobre sus amortiguadores completamente comprimidos, una vuelta y media de cuerda permanecerán en las ranuras.
4.12.4 Los factores de seguridad de las cuerdas de suspensión, definidos como la relación entre la carga mínima de rotura de la cuerda y la carga máxima en la cuerda cuando el coche está en su nivel más bajo y sometido a su carga nominal, no serán inferiores a: (a) 12 a 1 en el caso de tracción driv e con tres cuerdas o más. (b) 16 a 1 en el caso de tracción con dos cuerdas. (c) 12 a 1 en el caso de la unidad de tambor.
4.12.5 Se debe instalar un dispositivo en un extremo de la disposición de elevación para igualar la tensión en las cuerdas o cadenas.
4.12.6 Cuando se utilicen cuerdas compensatorias, la relación entre la parte inferior del diámetro de la ranura de la polea y el diámetro de la cuerda no será inferior a 30 a 1.

4.13 Del pasadizo y la sala de máquinas
4.13.1 Todos los pasadizos elevadores y espacios de máquinas deben estar completamente cerrados, ventilados adecuadamente y construidos para dar protección contra incendios de acuerdo con los requisitos de SOLAS 1974.
4.13.2 Los espacios libres alrededor del coche también deben ser resguardados o dispuestos para evitar la posibilidad de que el personal caiga entre el coche y el pasadizo. Ascensores y rampas Capítulo 5 Código sección 4 para la elevación de aplicaciones en un entorno marino, agosto de 2009 LLOYD'S REGISTER 9
4.13.3 Sólo podrán instalarse en el pasadizo tubos y cables de transporte con una guarda de metal lisa interna que deba estar provista de una ranura con bordes redondeados que permitan el libre paso de los cables que salgan del ascensor coche y ser de anchura suficiente para permitir el paso del bucle colgante libre del cable de viaje.
4.13.4 Cuando se instalarán dos o más ascensores en un pasadizo, cada coche y su contrapeso asociado se separarán por medio de chapas de acero sobre toda la altura del pasadizo.
4.13.5 El pasadizo de elevación no debe formar parte de los conductos de ventilación del barco, sino que debe ser ventilado por un sistema independiente.
4.13.6 Las entradas del pasadizo se ubicarán para evitar la entrada de agua o carga en el pasadizo, y las zonas de cubierta en las entradas deben ser antideslizantes y de material aprobado que no se encenderá fácilmente.
4.13.7 Cuando el ascensor es para la tripulación, el espacio para la cabeza del pasadizo (el espacio por encima del techo del coche cuando el coche está en su posición más alta) debe incorporar una escotilla de escape de 0,5 x 0,5 m de dimensiones mínimas.

4.14 De la cabina de coche y del contrapeso
4.14.1 El coche debe estar construido de acero o material no inflamable equivalente, tener un suelo antideslizante y estar provisto de al menos un pasamanos cuando el acceso para las personas esté claramente disponible. Se mostrará una placa de carga de forma prominente especificando la carga de trabajo segura en cantidad de personas y peso en kilogramos.
4.14.2 Las entradas del coche deben estar provistas de puertas de tipo imperforado equipadas con dispositivos para evitar la apertura inoportuna y el golpeo. La distancia entre el coche y la puerta del coche no debe ser superior a 6,0 mm.
4.14.3 Las puertas accionadas por alimentación deben ser de tipo equilibrado de apertura central y puertas manuales del tipo de apertura central de dos paneles o de apertura de tipo concertina o telescópica desde un solo lado. Las entradas correderas individuales manuales de tipo concertina o telescópica deben estar equipadas con dispositivos para evitar golpes.
4.14.4 El coche y el contrapeso deben ser guiados a lo largo de su viaje completo, incluyendo el sobreviaje y un medio de guía independiente para limitar el movimiento del coche en caso de fallo de fundición cuando las zapatas de hierro fundido o las zapatas guía contenidas en carcasas de hierro fundido se utilizan.
4.14.5 Los contrapesos deben construirse de acero o material equivalente y los pesos de relleno deben sujetarse de forma segura en su posición dentro de los marcos de acero. No se permiten pesas de relleno de hormigón. Se debe instalar un dispositivo adecuado para detener y apoyar el contrapeso en caso de fallo de la cuerda.
4.14.6 Los elevadores de tracción deben incorporar un dispositivo para detener y apoyar el coche si: (a) Cuando se inicia un arranque, la máquina elevadora no gira. (b) El coche o contrapeso se detiene en el movimiento hacia abajo por una obstrucción que hace que las cuerdas se deslicen sobre la polea de conducción.
4.14.7 El dispositivo debe funcionar en un tiempo no superior al menor de los siguientes valores: (a) 45 s. (b) Tiempo para que el coche viaje la distancia completa, más 10 s, con un mínimo de 20 s si el tiempo de viaje completo es inferior a 10 s.
4.14.8 El dispositivo no afectará ni a la inspección ni a la operación de recuperación eléctrica.

4.15 Puertas de accesos exteriores
4.15.1 Las puertas de acero deben instalarse en todas las estaciones de entrada. Cuando están cerradas, las puertas deben proporcionar resistencia al fuego al menos tan eficaz como el pasadizo al que están instaladas.
4.15.2 Las puertas accionadas por alimentación deben ser de tipo equilibrado de apertura central y puertas manuales del tipo de apertura central de dos paneles o de apertura de tipo concertina o telescópica desde un solo lado. Las entradas correderas individuales manuales de tipo concertina o telescópica deben estar equipadas con dispositivos para evitar golpes.

4.16 Medios de escape de emergencia
4.16.1 Para los ascensores de la tripulación, la cabina debe estar equipada con una escalera a lo largo de toda su longitud que conduzca a la escotilla de escape en el espacio para la cabeza.
4.16.2 En el caso de los ascensores destinados exclusivamente a los pasajeros, se proporcionará una escalera adecuada para dar acceso al techo del ascensor desde una puerta de aterrizaje y ya sea la misma u otra proporcionada para dar acceso al coche desde la abertura de emergencia en el techo del coche. Estas escaleras deben guardarse en una sala de vigilancia o en una habitación accesible para personas competentes.
4.16.3 Se proporcionará una trampilla en el techo del coche elevador con acceso adecuado desde el interior. Cuando el ascensor sea exclusivamente para pasajeros, la trampilla debe estar equipada con una cerradura mecánica que sólo puede ser operada desde el exterior. Cuando el ascensor sea exclusivamente para la tripulación, la trampilla debe estar equipada con una cerradura mecánica que puede ser operada desde el interior y el exterior del coche.
4.16.4 Para los ascensores de la tripulación, se proporcionará una escotilla de escape en el espacio para la cabeza del pasadizo. Abrir la escotilla desde el exterior sólo es posible mediante una llave especial que debe mantenerse en una caja inmediatamente ubicada por la escotilla.
4.16.5 Los avisos en inglés, otros idiomas y pictogramas según sea necesario, que describan la rutina de escape se fijarán en los siguientes lugares: (a) Dentro del coche. (b) En el techo del coche. (c) Dentro del pasadizo, adyacente a cada salida.

Ascensores y rampas Capítulo 5 Código sección 4 para la elevación de accesorios en un entorno marino, agosto de 2009 10 LLOYD'S REGISTER
Última edición por Marcelo Persivale el 29 Ago 2019, 21:00:01, editado 5 veces en total.

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Reglamentación ascensores en buques

Mensaje por Marcelo Persivale »

Envío imágenes del dispositivo mencionado en 4.14.6 Este dispositivo electromecánico sensa las longitudes de los extremos de la amortiguación de las bridas de la suspensión del lado de la cabina (relación 2:1). Cuando la misma efectúa un salto (por rolido del buque, cabeceo del buque, clavadura del paracaídas de la cabina) los resortes de la amortiguación se liberan de parte de la carga y elongan hacia arriba la punta de los tensores, levantando la tapa, la cual tiene adosado el puente de un contacto eléctrico de seguridad. Esta acción abre el circuito de seguridades y saca de funcionamiento al equipo de ascensor. La reposición es manual.

https://photos.app.goo.gl/cTUZjcU85dckZZse6
https://photos.app.goo.gl/jNEccKmdcz4SgyHE9
https://photos.app.goo.gl/kjDZKf7KvixBKXCi9


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Reglamentación ascensores en buques

Mensaje por Kukusumuxu »

Buenas Marcelo, los puntos 4.14.6 y 4.14.7, entiendo que el dispositivo es un antipatinamiento, esos dispositivo se ponen en aparatos viejos cuando lo indican las inspecciones de industria, y las maniobras modernas ,todas disponen de el, te hablo de los ascensores instalados en España , ya sean viejos o modernos. Si te fijas el punto habla del no movimiento de cabina patinando los cables sobre la polea.
Mi meta el éxito, mi camino la humildad

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Marcelo Persivale
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Reglamentación ascensores en buques

Mensaje por Marcelo Persivale »

Agrego un detalle técnico que puede resultar de interés. Para evitar que el cable colgante flexible de cabina oscile, se dispone del siguiente dispositivo: Se instala una canaleta lateral en el hueco del pasadizo, ancho 65 cm y profundidad 7,5 cm, con una garganta de aproximadamente 6,8 cm de abertura, donde la manga entra y sale a medida que la cabina recorre el hueco del pasadizo, protegiéndolo de movimientos indeseables que puedan ocasionar enganches. Consta con unas trabas semejantes a los martillos de un piano, los cuales bloquean la salida del cable por encima y lo liberan por debajo a medida que la cabina desciende,y al revés en dirección contraria. No ha resultado ser un mecanismo muy eficaz para cables de sección circular, pero se está instalando cable plano flexible 20x1 mm y aparentemente tiene mejor resultado. La prueba definitiva será observar el comportamiento cuando el rompehielos salga a navegar. Adjunto imágenes y croquis. Saludos.


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