Da absolutamente igual que el ascensor sea de obra nueva o no.
Si el ascensor esta en funcionamiento normal, DEBE DE ESTAR LEGALIZADO.
(Si no esta LEGALIZADO, allá el
espabilado que lo puso en funcionamiento normal...)
Por lo que yo entiendo que hablamos de un ascensor LEGALIZADO.
Si esta funcionando YA NO ES PROPIEDAD de la empresa suministradora/montadora pues en la documentación que se entrega en Industria para su legalización (Expediente Técnico y Contrato de Conservación) se hace referencia explicita a SU NUEVO LEGAL propietario.
La empresa suministradora/montadora NO podrá DISPONER del material suministrado después de la LEGALIZACIÓN, pues éste, YA no es un simple MATERIAL, se ha convertido en un ascensor que cumple con la Reglamentación.
Aquí el error que tienen algunas empresas y es de lo que trata este hilo, es el de llegar a CONFUNDIR a un ascensor totalmente operativo, con un simple despiece de material.
El fabricante/suministrador/montador que sustrae una pieza de un ascensor LEGALIZADO,
simplemente esta robando, pues en ningún caso es el legal propietario.
Si el fabricante/suministrador/montador tiene problemas para cobrar el suministro de materiales y/o el importe de la mano de obra utilizada para el montaje, tendrá que utilizar una vía diferente a la de sustraer un componente de un producto que YA no es suyo. (De hecho, nunca lo fue... el ascensor como tal no.)
¿Se ha entendido todo...?
Razonamiento:
La empresa X suministra, monta, da de alta y cobra al 100% el montaje de un ascensor a una comunidad de propietarios.
Al poco tiempo aparece por el edificio la empresa "Cablecitos y Eslinguitas" y como resulta que la empresa X, NO LE HA PAGADO los cables de acero que suministro para este ascensor, agarra, se mete en el HUECO, los desmonta y se los lleva.
Esto no hay ley que lo defienda...