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Hola a todos!
Vivo en un edificio de 8 plantas en donde la planta 8 en un primer momento iban a ser trasteros pero el constructor decidió realizar viviendas finalmente. Han pasado ya muchos años y ahora debemos reformar el ascensor. La planta principal se reformará para hacerla accesible ya que tiene escaleras antes de llegar al ascensor.
Yo vivo en el 8 y en las reuniones hago petición de que si se reforma y se hace accesible desde la planta 0 que el ascensor tiene que llegar a todos los pisos (incluida la planta pero los vecinos me dicen que si quiero que llegue arriba pague yo la diferencia. La planta 8 esta registrada como vivienda pues el conatructor no hacer trasteros y si viviendas registradas.
Existe alguna ley y/o normativa que indique que si se hace una reforma se debe dar servicio a todas las plantas? O alguna de accesibilidad?
Se trata de un edificio en España, Galicia, Vigo.
Muchas gracias por vuestra ayuda
Última edición por Beca el 11 Nov 2022, 08:59:46, editado 1 vez en total.
Hola, ¿podrás precisar en que zona geográfica es? No son iguales las reglamentaciones en diversos países, provincias, etc.
Deberías puntualizar que zona es, barrio , ciudad, etc. De la forma que presentas tu caso en particular, se desconoce su ubicación. Agrega más datos, así se podrá responder más específicamente. De todos modos, mi opinión personal es que no fue previamente pensado para que el 8vo tenga viviendas, es muy posible que tengas que pagar, porque en su momento no se lo destinó para vivir, eso creo. Ojalá me equivoque. Gracias.
Saludos
Si técnicamente es posible dar otra parada más, no tendrian porque negarse. Mi consejo es que te asesores en un arquitecto e ir al registro de la propiedad a por una copia del original de la escritura del edificio y leerla atentamente y si en tu planta 8 hay alguna persona con alguna minusvalía reconocida, no creo que tengas muchos problemas
Kukusumuxu escribió: ↑11 Nov 2022, 06:35:31
Si técnicamente es posible dar otra parada más, no tendrian porque negarse. Mi consejo es que te asesores en un arquitecto e ir al registro de la propiedad a por una copia del original de la escritura del edificio y leerla atentamente y si en tu planta 8 hay alguna persona con alguna minusvalía reconocida, no creo que tengas muchos problemas
En la planta 8 no hay ninguna persona que tenga una minusvalía reconocida, pero si en el edificio y por eso se va a adaptar la planta 0. Lo que no me tiene sentido es realizar una obra de accesibilidad y reforma de equipo y no dar servicio a la última planta (disponiendo de sitio para hacerlo)
RoB escribió: ↑11 Nov 2022, 01:12:41
Hola, ¿podrás precisar en que zona geográfica es? No son iguales las reglamentaciones en diversos países, provincias, etc.
Deberías puntualizar que zona es, barrio , ciudad, etc. De la forma que presentas tu caso en particular, se desconoce su ubicación. Agrega más datos, así se podrá responder más específicamente. De todos modos, mi opinión personal es que no fue previamente pensado para que el 8vo tenga viviendas, es muy posible que tengas que pagar, porque en su momento no se lo destinó para vivir, eso creo. Ojalá me equivoque. Gracias.
Saludos
Ya lo he actualizado. Gracias por tu aporte.
Se trata de una vivienda en Vigo, Galicia, España.
La planta 8 no era en un primer proyecto del constructor planteada como vivienda, pero finalmente si y así esta registrada.
Perfecto entonces!! Ya figura registrado tu hogar como vivienda.
El Foro de Ascensoristas es de tu querida tierra, aquí es tu 2da casa! al Foro de Ascensoristas!
Cualquier consulta, aprovecha éste hilo de comunicación.
Yo no soy español, por lo tanto desconozco varias normativas de tu país, pero es tu sitio de consulta. Sin problema siempre asistirán a tu inquietud. Suerte!
Saludos Cordiales
En la planta 8 no hay ninguna persona que tenga una minusvalía reconocida, pero si en el edificio y por eso se va a adaptar la planta 0. Lo que no me tiene sentido es realizar una obra de accesibilidad y reforma de equipo y no dar servicio a la última planta (disponiendo de sitio para hacerlo)
Mira yo pienso igual que usted, me imagino que esa planta octava , existan más vecinos con el mismo problema.Como ya le dije tiene que asesorarse, primer lugar arquitecto , su marca de ascensor y luego un administrador de fincas que le estudie su caso. Con todo esto presentarlo en junta ordinaria y que se apruebe.