Exactamente a qué te refieres?
Así a bote pronto, que sea de pública concurrencia sólo les diferencia en que las inspecciones reglamentarias son cada 2 años y el mantenimiento se puede realizar con una frecuencia de 6 semanas si tienen menos de 20 años y máximo 4 paradas (si no sería cada mes).
En todo lo demás, le afectará la normativa de cuando se puso en marcha además de los incrementos en seguridad que le toquen.
Aquí tienes toda la legislación de ascensores:
http://www.f2i2.net/legislacionsegurida ... id_am=1104
En cuanto a Cataluña, desconozco si hay alguna circular específica respecto a los de pública concurrencia.