Vivo en un edificio de 8 plantas en donde la planta 8 en un primer momento iban a ser trasteros pero el constructor decidió realizar viviendas finalmente. Han pasado ya muchos años y ahora debemos reformar el ascensor. La planta principal se reformará para hacerla accesible ya que tiene escaleras antes de llegar al ascensor.
Yo vivo en el 8 y en las reuniones hago petición de que si se reforma y se hace accesible desde la planta 0 que el ascensor tiene que llegar a todos los pisos (incluida la planta
 pero los vecinos me dicen que si quiero que llegue arriba pague yo la diferencia. La planta 8 esta registrada como vivienda pues el conatructor no hacer trasteros y si viviendas registradas.
 pero los vecinos me dicen que si quiero que llegue arriba pague yo la diferencia. La planta 8 esta registrada como vivienda pues el conatructor no hacer trasteros y si viviendas registradas.Existe alguna ley y/o normativa que indique que si se hace una reforma se debe dar servicio a todas las plantas? O alguna de accesibilidad?
Se trata de un edificio en España, Galicia, Vigo.
Muchas gracias por vuestra ayuda
 
				 
				 
				 
				
 
 

 
 

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