La continuidad del Foro de Ascensoristas depende directamente de poder hacer frente a los costes que genera su funcionamiento, principalmente el consumo de ancho de banda y el alquiler de los servidores.
Para poder mantener el servicio activo, necesitamos alcanzar nuestro OBJETIVO MENSUAL de financiación.
Por este motivo, si no se alcanza dicho objetivo, el acceso a la web podrá ser suspendido temporalmente, permaneciendo cerrado durante el tiempo que sea necesario hasta conseguir los fondos necesarios para cubrir los costes del servicio.
No queremos llegar a esta situación, pero los gastos de funcionamiento son reales y deben ser asumidos para poder mantener la web online.
Si consideras que esta web merece seguir funcionando, ahora es el momento de colaborar.
Cada aportación, independientemente de su importe, contribuye directamente a garantizar su continuidad.
Gracias a todos los que colaboráis y hacéis posible que este proyecto pueda seguir adelante.
Buenas, pues os comento algo con lo que tengo polémica de vez en cuando.
Al realizar reforma de maniobra, pasando de un aparado de 1 velocidad al que se le ha añadido una maniobra nueva con variador, hay quien dice que hay que colocar un limitador que lleve contacto para que corte al actuar y hay quien dice que solo es obligatorio si es 2 velocidades, pero con variador no es obligatorio, yo entiendo que solamente es correcto que el limitador no lleve contacto si es de una velocidad, si es de 2 velocidades debe llevarlo siempre, igual que si el motor es de corriente continua o lleva variador.
Esta discusión la tuve yo también con un inspector de la OCA. Al final se quedó todo en que depende de si lleva un dos bobinados o uno en la máquina. No sé qué rollo me contó de que llevaba dos debe llevar contacto en el limitador y si es de una velocidad no. Pero vamos no me subo explicar a qué se debe esto. Si hay alguien que lo entienda que nos lo explique.
Un saludo.
Con el reglamento en la mano, cuando el motor actúa como freno el limitador debe llevar un dispositivo de corte que actúe ante una sobrevelocidad tanto en subida como en bajada, aunque fuera un motor originalmente de una velocidad, si se le pone un variador de frecuencia yo creo que se debe cambiar el limitador y poner uno con dispositivo de corte de maniobra, pero hay quien dice que no.
Es una de las muchas cosas ilógicas de las normativas...
Precisamente, hace unos meses, realice una reforma (modernización) de un ascensor bastante antiguo aparte de sustituir maniobra, también, sustituí contactos de presencia de hoja (puertas semi) por peligro de electrocución y añadí contacto de aflojamiento de cables en polea tensora. (Todo esto eran defectos graves del acta de la O.C.A. a consecuencia de la revisión por cambio de conservador).
La nueva maniobra, que le instalé era con variador de frecuencia, por lo consiguiente la velocidad nominal del aparato, no varia, pues cuando bino el inspector para la segunda visita y revisar los defectos graves, ya comentó que a la próxima inspección, el limitador, sería falta grave al carecer de contacto de seguridad, mientras que si hubiésemos mantenido la velocidad sin variador de frecuencia, el limitador sería legal...
Es mi opinión pero la normativa esta, me parece una "gilipollez"
Mago escribió: 26 Ene 2019, 14:07:53
Es una de las muchas cosas ilógicas de las normativas...
Precisamente, hace unos meses, realice una reforma (modernización) de un ascensor bastante antiguo aparte de sustituir maniobra, también, sustituí contactos de presencia de hoja (puertas semi) por peligro de electrocución y añadí contacto de aflojamiento de cables en polea tensora. (Todo esto eran defectos graves del acta de la O.C.A. a consecuencia de la revisión por cambio de conservador).
La nueva maniobra, que le instalé era con variador de frecuencia, por lo consiguiente la velocidad nominal del aparato, no varia, pues cuando bino el inspector para la segunda visita y revisar los defectos graves, ya comentó que a la próxima inspección, el limitador, sería falta grave al carecer de contacto de seguridad, mientras que si hubiésemos mantenido la velocidad sin variador de frecuencia, el limitador sería legal...
Es mi opinión pero la normativa esta, me parece una "gilipollez"
Un saludo a todos un un buen fin de semana.....
Si, la cuestion del asunto es que si se utiliza el motor como freno es obligatorio el limitador con dispositivo de corte, yo entiendo que con variador el motor se usa como sistema de frenado, de todas formas a muchos aparatos a los que les afecta está situacikn tampoco está de más que se les ponga un limitador nuevo, que el que llevan ha dado más vueltas que el vídeo de Pedro J.