Se comunica a todos los usuarios que para poder garantizar la continuidad del Foro de Ascensoristas se va a proceder a cerrar el uso del mismo durante los periodos de tiempo que sean necesarios para conseguir reducir el coste económico ocasionado por el consumo de Ancho de Banda y así poder garantizar, como mínimo, el coste que ocasionan el alquiler de los servidores.
Las aportaciones por los banners publicitarios no son suficientes para mantener el sitio en linea al 100%.
Hola a todos, en primer lugar presentarme, soy Adrian de Alicante y tengo una consulta para haceros ya que ando bastante perdido en este tema . Mi mujer y yo hemos comprado un piso en una finca de 2 plantas (el nuestro esta en la segunda) hay viviendas en el bajo, en la primera y segunda planta. El tema esta en que el ascensor esta bloqueado, es decir inhabilitado. Se que hay varios vecinos que lo quieren activar y a mi me serviria de gran ayuda ya que tenemos una niña de 1 año. En caso de que no fuesemos mayoria, ¿hay alguna manera legalmente o ley que lo indique que se deba activar el funcionamiento del ascensor?
Hola Adrián, si los que queréis el ascensor correis con los gastos, no creo que haya ningún problema en ponerlo en marcha, luego podeis instalar llavines de exclusión en cabina sólo para los que paguen.
Un saludo
La verdad que no sé si sirve aprobarlo con mayoría simple. Supongo que si, como cualquier otra decisión de la Comunidad. Si hay mayoría, los demás a acatarla. Y a pagar la luz, aunque el mantenimiento no estoy seguro.
A ver si alguien nos ayuda, me parece interesante este tema.
Pasgre escribió: 19 Dic 2017, 17:17:47
Hola a todos, en primer lugar presentarme, soy Adrian de Alicante y tengo una consulta para haceros ya que ando bastante perdido en este tema . Mi mujer y yo hemos comprado un piso en una finca de 2 plantas (el nuestro esta en la segunda) hay viviendas en el bajo, en la primera y segunda planta. El tema esta en que el ascensor esta bloqueado, es decir inhabilitado. Se que hay varios vecinos que lo quieren activar y a mi me serviria de gran ayuda ya que tenemos una niña de 1 año. En caso de que no fuesemos mayoria, ¿hay alguna manera legalmente o ley que lo indique que se deba activar el funcionamiento del ascensor?
Si el ascensor esta puesto de origen del edificio ,es obligación de la comunidad mantenerlo en servicio.Es lo mismo que la antena colectiva ,aunque todos se pasen a cable y uno de los vecinos no, es obligatorio por ley mantener los servicios comunes y contribuir en los gastos.Otra cosa es que se ponga a posteriori.
Gracias por la respuesta. El ascensor si que es de origen de obra nueva cuando se construyo la finca. ¿Puedo saber de alguna manera que normativa lo indica o en que ley esta descrito?